7mo básico: Cápsulas educativas 3

Muy Buenas Tardes mis queridos estudiantes: 

Ya entramos en la ultima semana para acabar con la evaluación On-Line, recuerden realizarla con calma y paciencia. 

Les deseo lo mejor para los pocos que aún no la han realizado! Ánimo, confío en sus capacidades.


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Los Poderes del Estado






De acuerdo a una teoría clásica, tres son los Poderes del Estado: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial.

El Poder Ejecutivo: El Presidente de la República de Chile encabeza este Poder. Es un Ejecutivo “monista” en cuanto el Presidente desarrolla las funciones de Jefe de Estado y también las de Jefe de Gobierno. 

Según la Constitución Política, la autoridad del Presidente de la República “se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes” (artículo 24, inciso segundo).

Requisitos para ser elegido Presidente de la República 
Ser chileno. 
Tener cumplidos 35 años de edad. 
Ser ciudadano con derecho a sufragio. 

Desde la reforma constitucional de 2005, el período del mandato presidencial es de cuatro años. Quien ocupa el cargo no puede ser reelegido para el período inmediatamente siguiente.


El Poder Legislativo: Este Poder del Estado lo ejerce el Congreso Nacional, integrado por el Senado de la República y la Cámara de Diputados.

La ley orgánica constitucional del Congreso Nacional regula las atribuciones y funcionamiento del Parlamento, la discusión de los proyectos de ley, los vetos del Presidente de la República, y la tramitación de las acusaciones constitucionales contra diversas autoridades.

Requisitos: 

- Senadores: Para ser electo, los senadores deben tener 35 años de edad (hasta 2006 eran 40 años). Pueden ser reelectos indefinidamente, Tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección. 

La renovación del Senado se efectúa cada 8 años. Se alternan las regiones de número impar y en el siguiente periodo las regiones pares y la Región Metropolitana de Santiago.


-Diputados: Ser ciudadano o ciudadana con derecho a sufragio, Tener cumplidos 21 años de edad., Haber cursado la enseñanza media o equivalente. Tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.


El Poder Judicial: Este Poder del Estado tiene como misión esencial administrar justicia. 

En el Capítulo VI de la Constitución chilena, el artículo 76 dispone que al Poder Judicial, le corresponde:

“la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos” (artículo 76).

¿Te quedó todo claro? Te invito a que en los comentarios de esta publicación realices las dudas que te vayan surgiendo. De igual forma, si quieres aportar algo, adelante! Este es tu espacio igualmente!


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