7mo Básico: El Estado y su organización

Objetivo: Comprender el rol de los poderes del Estado y la organización democrática del País

OA 15: Explicar algunos elementos fundamentales de la organización democrática de Chile, incluyendo:
             - la división de poderes del Estado
             - la representación a través de cargos de elección popular (concejales, alcaldes,                      diputados, senadores y presidente)
             - la importancia de la participación ciudadana


Chile es un Estado Republicano y democrático, donde el poder es elegido por voto popular, pero además se divide en tres poderes que le permiten equilibrar al mismo Estado, por lo tanto, lo podemos definir como un sistema de relaciones entre gobernantes y gobernados, que se establece por leyes. Según este poder, el Estado obtiene facultades para mandar y atribuciones para hacerse obedecer.

Estos poderes son: 

- El Poder Legislativo es el encargado de la elaboración de las leyes que rigen la Nación. Actúa a través del Parlamento o Congreso Nacional, que en Chile se encuentra compuesto por dos cámaras: la Cámara de Diputados y el Senado. 

En nuestro país los miembros tanto de la Cámara de Diputados como del Senado son elegidos a través de las elecciones por los ciudadanos que tienen derecho a voto.

- El Poder Judicial tal como ocurre con los poderes Legislativo y Judicial, está dotado de autonomía e independencia. Tiene como misión esencial administrar justicia, estableciendo lo que es justo para cada caso en particular que le toca conocer y fallar, dentro del ámbito de su competencia y de acuerdo a los preceptos legales vigentes.

- El Poder Ejecutivo, el cual esta a cargo de administrar el Estado, y según si el régimen de gobierno del país es presidencialista o parlamentario, se compone de diferentes organismos o personas. En un régimen presidencialista el poder ejecutivo se encuentra en manos del Presidente de la República. En un régimen parlamentario, el poder ejecutivo es ejercido por un monarca o presidente de la República que cumple la función de Jefe de Estado, y por un Primer Ministro que preside el gobierno.

En Chile, para ser elegido Presidente de la República se requiere haber nacido en territorio nacional, tener 35 años de edad cumplidos y poseer condiciones de ciudadano con derecho a sufragio.

Además de los tres poderes, de la mano del poder ejecutivo están los ministros quienes pueden ser caracterizados como los colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República en el gobierno y la administración del Estado, y en tal calidad tienen la responsabilidad de la conducción de sus respectivos Ministerios, en conformidad con las políticas e instrucciones que aquel imparta, quien puede nombrarlos y removerlos libremente, siendo cargos de su exclusiva confianza.

Actualmente existen 24 ministerios, entre estos: 

- Interior y Seguridad Pública 
- Relaciones Exteriores 
- Defensa Nacional 
- Hacienda
- Secretaría General de la Presidencia 
- Secretaría General de Gobierno
- Economía, Fomento y Turismo
- Desarrollo Social y Familia 
- Educación 
- Justicia y Derechos Humanos
- Trabajo y Previsión Social 
- Obras Públicas 
- Salud 
- Vivienda y Urbanismo 
- Agricultura 
- Minería
- Transporte y Telecomunicaciones 
- Bienes Nacionales 
- Energía 
- Medio Ambiente
- Deporte
- Mujer y la Equidad de Género 
- Culturas, las Artes y el Patrimonio  
- Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación


Chile, se caracteriza por ser un Estado de carácter Unitario, lo cual significa que es un Estado con un poder concentrado en un punto que se extiende por medio de agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central.

Aquellas autoridades son los Gobernadores, intendentes, seremis, Consejeros regionales, Alcaldes y concejales, entre otros. 

Algunas de las funciones de estos servidores públicos son:

Gobernador: 

  • Colaborar junto al intendente en el liderazgo regional. 
  • Mantener en la provincia el orden público y la seguridad de sus habitantes y bienes. 
  • Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
  • Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe. 
  • Ejercer la vigilancia de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público.

Intendente: Es la autoridad en que reside el gobierno interior de cada una de las 16 regiones en que se divide Chile, es un órgano de gobierno desconcentrado territorialmente y, también, es un órgano administrativo descentralizado. Funciones: 
  • Velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes.
  • Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
  • Mantener permanentemente informado al presidente de la República sobre el cumplimiento de las funciones del gobierno interior en la región, como asimismo sobre el desempeño de los gobernadores y demás jefes regionales de los organismos públicos que funcionen en ella.
  • Dar cuenta, en forma reservada, al presidente de la República, para efectos de lo dispuesto en el N°15 del artículo 32 de la Constitución Política de la República, de las faltas que notare en la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial.
Alcalde: El alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. El alcalde será elegido por sufragio universal, en votación conjunta y cédula separada de la de concejales, en conformidad con lo establecido en esta ley. Su mandato durará cuatro años y podrá ser reelegido.

Concejales: Los concejos estarán integrados por concejales elegidos por votación directa mediante un sistema de representación proporcional, en conformidad con esta ley. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos.



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